Este jueves, dos tribunales japoneses volvieron a declarar como inconstitucional el veto al matrimonio igualitario que establece la legislación actual, pese a que el Gobierno sigue sin dar pasos para modificar la normativa y reconocer este tipo de uniones en el país.
Así pues, el Tribunal de Distrito de Tokio señaló hoy que la falta de reconocimiento legal del matrimonio entre personas del mismo sexo se encuentra en "estado de inconstitucionalidad".
La ausencia de reconocimiento legal de estas parejas y la negación de beneficios legales supone "una privación de una parte clave de su identidad personal", destacó el juez que presidió la sala, Tomoyuki Tobisawa, en el fallo, al que tuvo acceso la cadena pública NHK.
Tobisawa dijo que el diseño del sistema es un asunto particular del parlamento, pero expresó su deseo de que se termine legalizando.
Los demandantes, ocho residentes en Tokio de entre 40 y 50 años, argumentaban que la inacción legislativa sobre el asunto viola sus derechos y les ha causado angustia emocional.
En otra sentencia emitida también este jueves, el séptimo fallo al respecto, el Tribunal Superior de Sapporo (norte) afirmó que el no reconocimiento del matrimonio homosexual es inconstitucional, respaldando la pionera decisión que ya adoptara una instancia inferior en 2021.
"Estoy satisfecha (...), pero Japón está muy por detrás de otros países y este no es el final. Quiero hacer todo lo posible para que mis amigos que viven en Japón puedan casarse aquí", dijo a NHK una de las demandantes en Tokio, Miyuki Fujii, que se desplazó hasta los tribunales con otros afectados, portando pancartas en las que se leía: ‘¡Matrimonio igualitario ya!’
El grupo ofreció una rueda de prensa posteriormente junto a su equipo legal, donde señalaron: "Si bien la sociedad en general y la japonesa en particular están cambiando, lo único que permanece igual es Japón. Para aceptar verdaderamente a los involucrados y vivir juntas, el país necesita cambiar su sistema".
Entre 2021 y hoy se han emitido seis sentencias de primera instancia sobre el asunto. Cinco de ellas señalaron que la falta de reconocimiento del matrimonio homosexual es inconstitucional (dos) o vulnera derechos recogidos en la Carta Magna (tres), mientras que otra resolución señaló que el marco legal actual es constitucional.
El séptimo fallo, el del Tribunal Superior de Sapporo, es la primera apelación sobre la que se emite un veredicto. La batalla judicial en torno al matrimonio homosexual se está llevando a cabo con base a dos artículos de la Carta Magna de Japón.
Los demandantes basan sus denuncias en el artículo 14, que estipula la igualdad ante la ley y la no discriminación en las relaciones políticas, económicas o sociales por razones de raza, credo, sexo, condición social u origen.
El Gobierno sostiene que la Constitución no reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo y por ello su postura se mantiene en la constitucionalidad, pues su artículo 24 define el matrimonio "basado únicamente en el consentimiento mutuo de ambos sexos", entendiendo que sólo puede ser entre un varón y una mujer.
Con información de agencia EFE
JN