Derechos

“El matrimonio igualitario no es un derecho humano”, dice la Corte Suprema de Panamá

El matrimonio igualitario reconoce legal o socialmente un matrimonio formado por dos hombres, dos mujeres o dos personas del mismo género

Algunos países latinoamericanos donde el matrimonio igualitario es legal son Argentina, Brasil y Uruguay. UNSPLASH/Koshu Kunii
Por:  Redacción Diverso

El pasado 1 de marzo, la Corte Suprema de Justicia de Panamá (CSJ) falló en contra de la unión igualitaria, declarando que el matrimonio entre personas del mismo sexo "no tiene categoría de derecho humano y tampoco derecho fundamental".

Este comunicado oficial responde a una serie de demandas presentadas desde 2016 que solicitaron declarar institucional las leyes en contra del matrimonio igualitario que no quería reconocer uniones (al menos tres) que se habían llevado a cabo en otros países.
Sin embargo, el comunicado del Órgano Judicial declara ahora, siete años después, que no es inconstitucional la frase “entre un hombre y una mujer”, incluida ni el artículo 26 del Código de la Familia, ni tampoco la expresión "las personas de ese mismo sexo", incluida en el precepto 34, numeral 1, de la misma norma.
Asimismo, aclara que la Corte Suprema "no tiene facultad para decretar o proclamar derechos fundamentales que no estén positivizados e incidir en la eficacia y vigencia del contenido normativo del texto constitucional por más cambios que se sucedan en la realidad, aun cuando estos tengan la entidad suficiente para producir una mutación constitucional".

Los derechos humanos en Panamá

Aunado al hecho de que este tipo de comunicados y decisiones vulneran los derechos de las personas de la comunidad LGBT+ en aquel país, resulta un tanto irónico que dicha proclama se haya llevado a cabo justo en el Día Mundial de la Cero Discriminación.

Antecedentes

En octubre de 2020 Panamá recibió un llamado de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que cumpliera de "buena fe" con los estándares regionales para garantizar los derechos de la población sexualmente diversa y LGBTI; esto a raíz de una opinión consultiva emitida en enero de 2018 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en la que se urgió a los países de la región a garantizar los derechos humanos de la población sexualmente diversa, entre estos la unión de personas del mismo sexo.
Al contrario que sus vecinos Colombia y Costa Rica, en Panamá está prohibido el matrimonio igualitario, un reclamo de los activistas que exigen que se apruebe ese derecho humano reconocido por la comunidad internacional.
Con información de agencia EFE

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