Reino Unido, Portugal, Países Bajos, México, Francia, Estados Unidos, Canadá, Bélgica y Alemania se pronunciaron a favor de los derechos LGBT+ a través de sus embajadas ubicada en Panamá. "los derechos de las personas no heterosexuales son derechos humanos y deben garantizarse", como respuesta al fallo que el máximo tribunal de país centroamericano tuvo contra el matrimonio igualitario.
Mediante un comunicado junto con las embajadas de los nueve países que integran la Coalición por la igual de de los Derechos (ERC), expresaron que como seres humanos todas las persona nacen libres e iguales en dignidad y por consiguiente ser tratadas de esa manera.
"Trabajamos en conjunto para apoyar en la construcción de espacios seguros e inclusivos en los cuales se respeten los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas, sin importar su orientación sexual, su identidad o expresión de género ni sus características sexuales", indicó el comunicado, además de recodar que como embajadas en Panamá e integrantes de la ERC su pronuciamiento es importartate para la colaición y los derechos humanos.
El pronunciamiento de la ERC tuvo lugar después de que el pasado 1 de marzo, cuando se conmemoró el Día Internacional de la Cero Discriminación, la Corte Suprema de Justicia de Panamá afirmó que el matrimonio entre personas del mismo sexo "no tiene categoría de derecho humano y tampoco derecho fundamental", en un fallo en contra de la unión igualitaria.
"En el fallo se indica que hay una realidad, y es que, hasta ahora, el derecho al matrimonio igualitario no pasa de ser una aspiración que, aunque legítima para los grupos implicados, no tiene categoría de derecho humano y tampoco de derecho fundamental, siendo que carece de un reconocimiento convencional y constitucional", de acuerdo con la información judicial.
La Corte Suprema respondió a una demanda presentada en 2016 que solicitaba declarar "inconstitucional" las leyes en contra de la unión igualitaria, que impendían reconocer al menos tres casos de uniones entre personas del mismo sexo celebrados en el extranjero.
En el fallo, se argumenta que la Corte Suprema "no tiene facultad para decretar o proclamar derechos fundamentales que no estén positivizados e incidir en la eficacia y vigencia del contenido normativo del texto constitucional por más cambios que se sucedan en la realidad, aún cuando estos tengan la entidad suficiente para producir una mutación constitucional".
Activistas y juristas panameños lamentaron el fallo del Supremo y lo acusaron de desafiar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que en una opinión consultiva emitida en enero de 2018 urgió a los países de la región a garantizar los derechos humanos de la población sexualmente diversa, entre estos la unión de personas del mismo sexo.